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Documentos necesarios

Debemos preparar la documentación necesaria que tenemos que llevar a la Delegación del Gobierno de la Junta Andalucía. Registro de documentos. Plaza España, nº 19, C.P. 11071 Cádiz. 956 20 31 58.

Se requiere un mínimo de 5 personas (tres son suficientes) promotoras de la asociación, mayores de edad y menores de 30 años (en caso de ser juvenil). Deberán acreditarse mediante su D.N.I.

Una vez estén las 5 personas que pasarán a formar parte de la junta directiva, en una reunión con tod@s los soci@s constituirán la asociación, para ello rellenarán los siguientes documentos.

 

Debemos preparar la documentación necesaria que tenemos que llevar a la Consejería de Justicia y Administración pública de Cádiz, en C/ Nueva nº 4, 11071 Cádiz.9

  • Darle un nombre que la diferencie de las demás y se ajuste a sus fines estatutarios.
  • Rellenar el modelo de inscripción.

 

Se trata de un PDF autorrellenable (se rellena y se imprime) cuya única dificultad está en el punto 3, en el que debe expresarse qué se quiere que conste en el Registro, que en este caso sería CONSTITUCIÓN (la primera opción). Por duplicado.

  • Elaborar el Acta Fundacional: 2 originales, 3 originales en el caso de ser asociación juvenil, firmados (Modelo de Acta).


Rellenarla el día de constitución de la asociación.

  • Elaborar los Estatutos de la Asociación: 2 originales, 3 originales si es juvenil (Modelo juvenil).
  • Modelo de asociación general. 

 

Hay que leerlos detenidamente y sustituir los puntos que se deseen cambiar, rellenarlos y fotocopiarlos todos los Promotor@s (Presidente y secretario) en los márgenes de todos los folios (las firmas deben de ser originales, por lo que no vale firmar el original y fotocopiarlo.

  • Documentos acreditativos de los tres promotores (N.I.F.). Adjuntar copias.

 

Una vez que tenemos todos lo modelos rellenos tenemor que dirigirnos a la Plaza España nº 19 en Cádiz, a la Consejería de Justicia e Interior. O bien podemos dirigirnos al ayuntamiento de nuestro municipio para que ellos tramiten el envio por correo ordinario.

Una vez enviado en el plazo máximo de tres meses recibiremos la documentación debidamente tramitada y una hoja donde nos indicarán nuestra inscripción, fecha y numero de inscripción.

Nuevamente con original y copia de estatutos, registro, acta fundacional, Dni y modelo 036 nos dirigiremos a Hacienda para solicitar el C.I.F. y la debida inscripción en el censo. Lo solicitará el presidente (original y copia de NIF) o persona autorizada por el mismo (original y copia de su N.I.F. más autorización).

Adjuntamos el modelo 036 o 037 (cuesta algo pero poco) donde especificaremos que es una asociación sin ánimo de lucro.

  • Ya no es necesario pedir la excención de IVA, ya va incluida por defecto.


Una vez que tenemos todo lo anterior, para el correcto funcionamiento de la asociación tramitaremos los libros necesarios que son:

  • Libro de Actas (recoge las reuniones o asambleas generales).
  • Libro de registro de Socios (altas o bajas de socios: nombre, DNI, domicilio y firma).
  • Libro de contabilidad (se anotan los ingresos, los gastos y el saldo anual restante).

 

Se abrirá en el banco una cuenta corriente a nombre de la asociación para sus movimientos.

Dichos libros pueden comprarse en papelerias o bien hacer hojas sueltas en nuestro ordenador, las cuales posteriormente enumeraremos, imprimiremos y encuadernaremos para sellar y firmar convenientemente. No es necesario ir al registro mercantil para legalizarlos.

 

Registro Municipal: Una vez que tenemos los estatutos sellados, entregaremos una copia al ayuntamiento, en el registro de entrada.

Registro Provincial: Podemos darnos de alta en el registro de Diputación vía telemática

Registro Estatal: Pagar las tasas segúm modelo 790 en cualquiera de las oficinas bancarias colaboradoras y mandar la documentación requerida por duplicado, con firmas originales al Registro Nacional de Asociaciones. C/ Amador de los Rios, 7. 28010 Madrid. 91 537 25 07.